Cómo cumplir con la nueva Manifestación de Valor Electrónica
- 1 agosto, 2025
- Posted by: Alberto Méndez
- Category: Comercio Exterior
Hoy tienes la oportunidad de preparar a tu equipo con una capacitación clara, práctica y guiada por un experto que entiende la operación y el cumplimiento.
📌 Actualización importante basada en la Circular Informativa No. 175 (15 de noviembre de 2025)
En la Circular Informativa No. 175, La Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales (CLAA) informó que, durante una reunión celebrada el 14 de noviembre de 2025 con personal de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE), la autoridad señaló que, hasta este momento, no se contempla prórroga ni periodo de transición para la entrada en vigor de la Manifestación de Valor Electrónica, cuya transmisión será obligatoria a partir del 9 de diciembre de 2025 a través de VUCEM.
Asimismo, se mencionó que la versión actual del formato no cuenta con validación automática de campos, ni permite aún la descarga del archivo .XML, y que será necesario adjuntar documentación que explique de manera clara la relación comercial, condiciones de pago y elementos incrementables o decrementables.
Esta información refuerza la importancia de que las empresas se preparen adecuadamente para cumplir con esta obligación, reduzcan riesgos operativos y aseguren la correcta integración documental antes de la fecha establecida.
La modernización del comercio exterior en México da un paso decisivo.
El pasado 1° de agosto de 2025, el SAT publicó oficialmente, a través de la Hoja Informativa No. 8, la entrada en operación de la Manifestación de Valor en formato electrónico (MDVe), que ya puede transmitirse a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM).
📅 Su transmisión será obligatoria a partir del 9 de diciembre de 2025 para los importadores que realicen operaciones sujetas a esta disposición.
🔍 ¿Qué es la Manifestación de Valor Electrónica?
Es un documento que debe elaborar, firmar y transmitir electrónicamente el importador o su representante legal, antes del despacho aduanero, para declarar el valor en aduana de las mercancías. Esta información es clave para determinar correctamente las contribuciones y evitar discrepancias con la autoridad.
Hasta ahora, se realizaba en papel o como documento digital PDF; pero a partir de esta nueva disposición, solo será válida si se transmite por VUCEM en su versión electrónica oficial (formato E2 del Anexo 1 de las RGCE).
🎯 ¿Por qué es importante prepararte?
La transmisión electrónica de la Manifestación de Valor ya no será opcional en unos meses, y no cumplir con este requisito puede:
- Retrasar tus despachos aduanales.
- Generar sanciones económicas.
- Comprometer tu cumplimiento fiscal y la relación con tus agentes aduanales.
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- Comprendan el fundamento legal de esta obligación.
- Sepan qué documentos deben anexarse y cómo prepararlos.
- Dominen el proceso completo de captura y envío en VUCEM, incluyendo el tratamiento de INCOTERMS, elementos incrementables/decrementables, y la vinculación con el COVE.
🚀 ¿Listo para dar este paso con seguridad?
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