Nueva Normatividad: Reformas y Ordenamientos Aduaneros y de Comercio Exterior 2022

El marco normativo del comercio exterior mexicano y la operación aduanera de nuestro país tiene su fuente jurídica (como debe ser) en nuestra constitución política. En los artículos 89 fracciones X y XIII, 131 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos encontramos los lineamientos iniciales de la Legislación Aduanera (89 fracción XIII), de la Ley de Comercio Exterior (131) y de los Tratados Comerciales Internacionales (89 fracción X y 133), los cuales permanecen prácticamente inamovibles desde hace ya varios años, sin embargo, las leyes y tratados que de éstos emanan, constantemente sufren modificaciones o reformas.

Para este año fiscal 2022 se deben considerar cambios importantes tanto en materia aduanera como de comercio exterior. Este año se debe terminar de configurar y hacer operativas las reformas y actualizaciones en nuestro sector, necesarias en primera instancia por cuestiones inherentes a la estructura burocrática al interior del país y, por otro lado, a nuestros compromisos por la pertenencia a organismos internacionales.

En el primer caso, la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) es un ejemplo claro y de gran impacto nacional y respecto al segundo caso, podemos hacer referencia a la implementación en nuestro sistema arancelario de la 7ª Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas, mediante la promulgación de la nueva Ley del Impuesto General de Importación y Exportación 2022 que se espera sea efectiva a partir del mes de junio.

El tráfico y comercio ilegal de hidrocarburos sigue siendo un tema importante en la agenda nacional para la actual administración a cargo del Ejecutivo Federal. En este sentido y para poder combatir este delito (y de manera general la circulación de mercancías ilegales o por vías informales en todo el territorio nacional) en todos los frentes, se han realizado reformas desde los últimos meses del año pasado y que ya están vigentes a partir del primer día del presente año.

A este respecto podemos mencionar la última reforma a la Ley Aduanera, al Código Fiscal de la Federación, a la misma Resolución Miscelánea Fiscal para este año 2022, así como las Reglas Generales de Comercio Exterior (en una versión todavía publicada por el Servicio de Administración Tributaria, previo a la entrada en funciones de la ya mencionada ANAM), que han derivado en esa normatividad que ha tenido la peor recepción por parte de los contribuyentes, de todas las actualizaciones decretadas a últimas fechas, el célebre Comprobante Fiscal Digital por Internet con el correspondiente Complemento Carta de Porte, cuya omisión puede llegar a presumir la comisión del delito de contrabando, no sólo de hidrocarburos, sino de cualquier otra mercancía.

En materia de comercio exterior, era necesaria la modernización de sus correspondientes reglas de operación, por parte de la Secretaría de Economía, por lo que este año contaremos con nuevas Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, que sustituirán a la versión 2014. Esto implica considerar las correspondientes afectaciones en materia de IMMEX, Certificación de Origen, Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (Acuerdo NOM, incluido) y otros mecanismos de fomento al comercio exterior mexicano.

En el tema de tratados comerciales, nuestro país ha avanzado y se ha mantenido a la vanguardia en la conformación de una red mundial de países en los que la comunidad de negociantes internacionales en México puede colocar sus productos de exportación o acceder a fuentes de suministros de importación en condiciones de preferencias arancelarias.

A este respecto, para este año se plantean entre otros asuntos, el inicio de negociaciones para establecer nuevos tratados comerciales con otros países como Corea del Sur; la entrada en vigor de mayores porcentajes de valor de contenido regional para las reglas de origen de la industria automotriz, así como de valor de contenido laboral, al amparo del Tratado Comercial de México, Estados Unidos y Canadá, solo por mencionar algunos.

Finalmente, respecto a la Agencia Nacional de Aduanas de México, en el contexto del inicio de su autoridad en la operación aduanera a partir del pasado primero de enero, es de llamar la atención, estar atentos a los ajustes necesarios en la Ley Aduanera para tener completo su marco normativo, pues aunque no se han dado indicios de una próxima reforma a dicha ley, se presume necesario que ocurran este mismo año.

En resumen, las nuevas normatividades, modernizaciones, reformas y entradas en vigor de distintos ordenamientos aduaneros y de comercio exterior, nos obligan hoy, como siempre, a mantenernos actualizados y al día, para poder realizar nuestras operaciones de importación y exportación en estricto cumplimiento normativo, libre de irregularidades, omisiones, infracciones, pero sobre todo de retrasos y multas.

Artículo elaborado por el Mtro. Arturo Pérez, instructor de Kansei.

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